REGLAMENTO DE ELECCIONES
I.- NORMAS GENERALES
ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento regirá las elecciones del Directorio de la Sociedad Chilena de Psicología del Trabajo y de las Organizaciones.
ARTÍCULO 2.- Tendrán derecho a voto las o los Psicólogos que se encuentren inscritos y sean miembros activos de la Sociedad Chilena de Psicología del Trabajo y de las Organizaciones, que al momento de votar tenga al día el pago de sus cuotas. No podrá estar en el padrón electoral el o los miembros que se encuentren al momento de votar en mora de sus cuotas.
Para obtener mas información sobre este documento hacer click en el link.