Mañana 1 de agosto entra en rigor la implementación de la Ley Karin en Chile, su promulgación marca un cambio significativo en la protección del bienestar psicológico en el entorno laboral. Con un enfoque en la prevención y el diagnóstico de riesgos psicosociales, esta normativa busca erradicar el acoso y la violencia en el trabajo, ofreciendo a los trabajadores una mayor participación en la identificación de riesgos. Conversamos con Silvana Oros, vicepresidente de la Sociedad Chilena de Psicología del Trabajo y las Organizaciones, Schipto. Acá sus reflexiones.
La Ley Karin, introduce un enfoque renovado para abordar el acoso y la violencia en el ámbito laboral. Desde la perspectiva de la psicología laboral, esta normativa representa un avance crucial al priorizar la prevención, la identificación de riesgos psicosociales y la implementación de protocolos específicos adaptados a cada organización.
En un contexto donde la protección del bienestar mental y emocional en el trabajo se vuelve cada vez más relevante, la Ley Karin emerge como una pieza clave en la legislación chilena. La normativa, que busca combatir el acoso y la violencia en el ámbito laboral, establece un marco para la implementación de protocolos que van más allá de las medidas reactivas tradicionales.
Silvana Oros, vicepresidente de la Sociedad Chilena de Psicología del Trabajo y las Organizaciones, destaca que “la normativa e implementación de estos protocolos apunta a desarrollar acciones de tipo preventivas, de diagnóstico, riesgos psicosociales y sancionadoras en el caso de existir conductas de acoso”. Esta visión integral busca no solo enfrentar los casos de violencia ya presentes, sino también prevenir su aparición mediante una identificación temprana de los riesgos psicolaborales.
La Ley Karin establece límites claros para prevenir y eliminar la violencia en el trabajo, enfocándose en la protección de los trabajadores frente a conductas de acoso. Sin embargo, uno de los aspectos más innovadores de esta normativa es la participación activa de las y los trabajadores en el proceso de identificación de riesgos. Oros subraya que “existirá un espacio de mayor participación por parte de los y las trabajadores/as tanto en la identificación de los riesgos antes mencionados como de las conductas de hostigamiento o acoso presentes en las organizaciones”.
Cada empresa deberá adaptar los protocolos a sus características específicas, lo que incluye considerar el tamaño de la organización, la presencia de contratistas y subcontratistas, así como las particularidades de las actividades que realiza. Según Oros, “dependiendo de las características de la empresa existen diferentes pautas y protocolos para la implementación de la ley”. Esto significa que, aunque existen directrices generales, las empresas tendrán que personalizar sus enfoques para abordar los riesgos específicos asociados a su entorno laboral.
El impacto esperado de la Ley Karin es una evolución hacia culturas organizacionales que promuevan el bienestar y garanticen entornos laborales seguros. La integración de medidas preventivas y la adaptación de protocolos a las características particulares de cada empresa constituyen un paso hacia una cultura laboral más inclusiva y protectora.
En resumen, la Ley Karin representa un avance significativo en la protección psicolaboral en Chile. Al incorporar un enfoque preventivo y participativo, y al exigir la adaptación de protocolos a las características de cada organización, se establece un nuevo estándar para la creación de ambientes de trabajo libres de violencia y acoso.
Fuente: https://rhmanagement.cl/el-dia-d-ley-karin-un-avance-en-la-proteccion-psicolaboral/